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Así trató Franco a los presos republicanos: nada mal.

Así trató Franco a los presos republicanos: nada mal

La mayoría de los presos recortó su estancia en la cárcel gracias a la redención de penas por el trabajo (modelos Valle de los Caídos).

Javier Paredes
09/09/18 09:00

En septiembre de 1942, dos terceras partes de los presos republicanos ya estaba en libertad

Grave sentencia la pronunciada cuatrocientos años antes de Cristo por el jefe de la tribu de los senones, el galo Breno, que sus enemigos, los romanos, la tradujeron al latín en dos palabras: “Vae Victis (¡Ay de los vencidos!)”.

Por su parte, Pedro Sánchez y los de su cuerda interpretan lo del galo Breno de un modo tan falso como interesado: “¡Ay de los vencedores, os vais a enterar!”. Y lo más sorprendente de estos valientes es que hablan en presente de lo que ocurrió hace décadas y como si ellos hubieran sido los protagonistas, porque los audaces guerreros de regreso al pasado andan sobrados de agallas… tantas como para pisarle el rabo al león después de muerto.

Viene esto a cuento de la promesa hecha en mi artículo del domingo pasado, de referirme a los presos que ingresaron en las cárceles después del 1 de abril de 1939. Es decir, los presos de Franco. Vamos a ello. No son pocos los historiadores que se han ocupado del cuántos y del cómo de los presos de la Guerra Civil y entre ellos no han faltado quienes, en lugar de tratar el tema con rigor, han hecho todo un alarde de fantasía al dar y comentar las cifras.

El número de presos de la Guerra Civil no fue ningún secreto de Estado de Francisco Franco, porque la Dirección General de Prisiones y el Instituto Nacional de Estadística proporcionaron la información necesaria para averiguar lo que pasó. Es más, algunos de estos datos se podrían haber utilizado para atacar el Régimen. Pero eso exigía trabajar y era más cómodo dejar volar la imaginación en este punto y dar rienda suelta al sectarismo, como hicieron Brian Crozier, Max Gallo, Jacques Georgel, Ramón Garriga o Manuel Tuñón de Lara.

Y como una vez más la realidad es más interesante que la ficción, contemos resumidamente lo que pasó. Fijaremos nuestro breve relato en los límites temporales entre 1 de abril de 1939 y el del 31 de marzo de 1969, fecha en la que se declararon prescritos los delitos cometidos con anterioridad al final de la Guerra Civil. O sea, 30 años.

El mayor número de encarcelados, como es lógico, se produce en los meses inmediatos al final de la guerra, de manera que el año 1940 arroja la cifra de 270.718 penados, entre los que se incluyen también los presos por delitos comunes, de los que 247.487 son hombres y 23.232 son mujeres. Es decir, el 90,2% y el 9,8% respectivamente.

La cifra de 1940 va disminuyendo con el tiempo, de manera que en 1943 la población reclusa pasa a ser menos de la mitad —124.423 internos—, cifra que a su vez se divide por 3,4 en 1947, dando un total de 36.379 presos. Y conviene tener en cuenta que en todas estas cifras se incluyen tanto los presos por delitos comunes, como los detenidos por delitos no comunes.

Desde 1943 se conoce la serie de los dos tipos de presos a los que me he referido. En 1943 hay 104.286 presos por delitos no comunes, cifra que se reduce a 15.988 en 1947.

Esta reducción no se produjo, como algunos han afirmado, por las ejecuciones y las muertes en las cárceles a causa de las malas condiciones materiales. La mayoría de los presos recobró la libertadgracias a la redención de penaspor el trabajo y a los numerosos indultos concedidos por Franco.

El primer indulto lo concedió Franco el 1 de octubre de 1939, con motivo de su tercer aniversario de su ascenso al poder. Por esta disposición quedaban libres los militares republicanos que hubieran sido condenados a menos de seis años de prisión.

En septiembre de 1942, dos terceras partes de los presos republicanos ya estaba en libertad

El 24 de enero de 1940 se crearon varias comisiones jurídicas militares especiales, a las que se les concedió la capacidad de revisar las sentencias ya pronunciadas, para confirmarlas o reducirlas, pero nunca para ampliarlas, como es lógico.

El 1 de abril de 1941, para conmemorar la fecha del final de la guerra, se puso en libertad a 40.000 presos, que cumplían penas de hasta doce años. Y ese mismo año, el 16 de octubre, se amplió el indulto a los sentenciados hasta catorce años, medida de la que se beneficiaron otros 20.000 reclusos. De manera que, en una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros, que duró varios días, del 17 al 21 de septiembre de 1942, se anunció que dos terceras partes de los presos al término de la Guerra Civil ya había recobrado la libertad.

Pero fue el año 1943 cuando se concedieron los indultos más generosos. El 30 de marzo se concedió el indulto a los condenados hasta veinte años, por lo que pudieron salir de las cárceles 48.705 personas. Y ya el 9 de octubre de 1945 se indultó a los condenados por rebelión militar que no hubieran cometido hechos repulsivos para toda conciencia honrada de cualquier ideología. Otro decreto, del 1 de abril de 1964 mandó borrar de los registros los antecedentes correspondientes a los delitos indultados. Por último, el 10 de noviembre de 1966 se aplicó el indulto a las responsabilidades políticas de cualquier clase. Y, como ya hemos dicho, el 31 de marzo de 1969 se declararon prescritos todos los delitos cometidos con anterioridad al término de la Guerra Civil.

La redención de penas es un elemento de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), con el que los jesuitas convencieron a Franco

Por otra parte, Franco descubrió la redención de penas por el trabajo en los escritos de un jesuita, el padre Julián Pereda, que había sido discípulo del socialista y catedrático de Derecho, Luis Jiménez de Asúa. El padre Pereda le propuso a Franco una modificación del sistema penalsobre el principio de la Doctrina Social Cristiana de que todo preso ya sentenciado debe tener la oportunidad de reinsertarse en un trabajo, pues el trabajo es dimensión esencial e inseparable de la persona.

Y bien pronto comenzó a aplicar esta doctrina, antes incluso de que acabara la guerra. La primera disposición jurídica es el Decreto de 28 de mayo de 1938 concediendo a los reclusos el derecho a trabajar. El 7 de octubre de 1938 una Orden del Ministerio de Justicia creó el Patronato Central y los Locales. Otra Orden del 27 de abril de 1939 designó a Nuestra Señora de la Merced Patrona del Patronato Central y los Locales, así como de las prisiones de España.

El Patronato estuvo presidido por el general Máximo Cuervo Radigales, que además de jurídico militar era miembro de la Asociación Católica Nacional de Propagandistas de Ángel Herrera, que era como así se llamaba esta institución antes de que redujera su nombre al actual de Asociación Católica de Propagandistas. El padre jesuita, José Antonio Pérez del Pulgar fue nombrado asesor religioso de dicho Patronato.

La posibilidad de acogerse a la redención de penas por el trabajo era voluntaria. Como norma general quedó establecido que por cada día de trabajo se liberaban dos de prisión, pero en muchas circunstancias se aumentó esta relación, aplicando en algunos casos la relación de seis días de cárcel liberados por cada día de trabajo, lo que explica que presos condenados a treinta años de prisión, pudieron ser libres en menos de cinco. Y se computaban por días de trabajo los domingos y fiestas que no se trabajaba, así como los días que el reo permaneciera de baja por enfermedad o accidente.

Fueron varios los campos de trabajo donde los reos pudieron disminuir sus condenas por la redención de penas por el trabajo. Sin duda el mejor conocido de todos estos campos es el del Valle de los Caídos, gracias al riguroso estudio realizado por el profesor Alberto Bárcena.

La redención de penas por el trabajo no se limitó solo a la actividad laboral. Un decreto de 23 de noviembre de 1940 otorgó una reducción de dos, cuatro y seis meses a quienes obtuvieran voluntariamente el grado elemental, medio y superior de instrucción religiosa mediante asistencia y correspondiente examen de los cursos impartidos por los capellanes de prisiones.

Y este mismo decreto de 1940 establecía el beneficio de dos meses a quienes dejaran de ser analfabetos y de tres meses por cada uno de los grados de enseñanza que se establecieran en las prisiones. Poco se ha dicho que los presos intelectuales y titulados recibieron clases del catedrático de Universidad de Filosofía Manuel García Morente, quien todas las semanas impartía un curso en la cárcel de Yeserías bajo el título “Ser y vida del caballero cristiano”.

Y menos todavía se ha comentado la actividad cultural y la erradicación del analfabetismo en las prisiones. Los datos son los siguientes: en 1941 había en las prisiones 27.497 analfabetos, y en ese mismo año dejaron de serlo 10.524. Al año siguiente aprendieron a leer y a escribir 13.538 reclusos. Y la cifra se fue reduciendo a medida que disminuyeron los presos, de manera que en 1943 abandonaron el analfabetismo 3.496 reclusos y ya en 1947 la cifra se redujo a 260 presos.
Javier Paredes
Catedrático de Historia Contemporánea en la Universidad de Alcalá

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Pacocatolic
Los tertulianos hablan de las "sentencias de muerte que firmó Franco". Es falso. No firmaba sentencias, solo firmaba indultos.
Pacocatolic
Excelente artículo del profesor Paredes. La información auténtica y sencilla que nunca sale en las televisiones. Lo que no estudian los periodistas, políticos ni tertulianos. La verdad incomoda qué no cuenta la memoria histórica.