DECLARACIÓN, VIRGEN SANTÍSIMA DE GUADALUPE, “MATER VERITATIS SALUTARIS” 1

A LOS ARZOBISPOS Y OBISPOS
DE LA IGLESIA CATÓLICA,
A TODOS LOS SACERDOTES, RELIGIOSOS, RELIGIOSAS, Y LAICOS DEL PUEBLO DE DIOS A TODOS LOS QUE AMAN A CRISTO
Y SU VERDAD DE SALVACIÓN
A TODOS LOS QUE AMAN A LA VIRGEN SANTÍSIMA DE GUADALUPE, MADRE DE LA VERDAD DE SALVACIÓN
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DECLARACIÓN “VIRGEN SANTÍSIMA DE GUADALUPE,
‘MATER VERITATIS SALUTARIS’ ” (MADRE DE LA VERDAD DE SALVACIÓN).
Tepeyac, Ciudad de México 22 de octubre 2021

Declaración Virgen Sma. de Guadalupe, “Mater Veritatis Salutaris" 2 _____________________________________________
22 de octubre 2021
Fiesta litúrgica de San Juan Pablo II Magno, 43o Aniversario del inicio solemne de su Pontificado
¡¡¡ VIRGEN SANTÍSIMA DE GUADALUPE!!!,
REINA DE MÉXICO Y EMPERATRIZ DE AMÉRICA PATRONA DE LA BATALLA ESPIRITUAL DE LA IGLESIA (cf. Hb 12,4),
“MATER VERITATIS SALUTARIS”
(Madre de la Verdad de Salvación)
Y MADRE DE
TODOS TUS SIERVOS CATÓLICOS,
INDIGNOS HIJOS DE LOS MÁRTIRES “CRISTEROS”, QUE SE PONEN BAJO TU PROTECCIÓN
EN DEFENSA DE LA FE, DE LA VERDAD DE SALVACIÓN DE LA FIDELIDAD A LA MISIÓN SALVÍFICA DE LA IGLESIA —ooOoo—
DECLARACIÓN, TESTIMONIO Y ANUNCIO
DE LA VERDAD DE SALVACIÓN DE CRISTO,
PREDICADA POR LA IGLESIA DURANTE DOS MIL AÑOS: “JESUCRISTO ES EL MISMO AYER, HOY Y SIEMPRE” (cf. Hebreos 13,8).
PROEMIO
Declaramos los abajo firmantes, como un grupo unido por la fe, laicos y sacerdotes, que no podemos callar y que debemos testimoniar la genuina verdad de Cristo, su auténtico camino de salvación, según su santo Evangelio, y acerca del cual San Pablo nos compromete a guardarlo intacto al increparnos así: “Pero aun cuando nosotros mismos o un ángel del cielo les anunciara un evangelio distinto del que les hemos anunciado, ¡ sea maldito! “ (Gálatas 1,8).

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Como es bien sabido, en el pasado 2019 se llevó a cabo en Roma el Sínodo para la Amazonia, y desde hace casi dos años se está desarrollando el Sínodo de Alemania. En ambos Sínodos ha habido posturas y textos que se salen de la Verdad de fe proclamada por la Iglesia. En el caso del Sínodo para la Amazonia, es negativamente memorable el “culto” a la “Pachamama” en los jardines vaticanos en presencia del Papa Francisco, contemplando a diversos religiosos en prosternación y adoración ante la “Pachamama” como si éste ídolo fuera Dios mismo. También en el Sínodo de Alemania ha habido desviación de la fe, pues se han prospectado posturas como la aceptación de la homosexualidad como compatible con la vida cristiana y la salvación, la posibilidad de la ordenación sacerdotal de mujeres, el cambio general de la moral sexual y de la moral matrimonial que perennemente han sido predicadas por la Iglesia, etc..
Sin embargo, estas posturas no representarían en sí un problema de fe, puesto que la fe de la Iglesia de Alemania no es vinculante en absoluto, si no fuera porque algunas de esas posturas son asumidas en seguimiento al Papa Francisco, por lo cual, Diócesis, Conferencias Episcopales y otros muchos, se sienten avalados para proponer posturas contrarias al Magisterio de la Iglesia. Ante esto hay que decir que, venga de quien venga, ninguna postura que atente contra la Verdad de Salvación es aceptable.
Y si a causa de mantener la misma fe y el mismo Evangelio transmitido por los Apóstoles de parte de Cristo, sacerdotes y laicos somos perseguidos o denostados, en el caso de los laicos “etiquetándonos” de fanáticos, tradicionalistas, integristas, ignorantes, ingenuos, manipulados, etc., o en el caso de los sacerdotes, retirándoles sus licencias ministeriales o imponiéndoles otras penas canónicas para coaccionarlos, declaramos que para mantener la llama ardiente de la verdad de salvación de Cristo (cf. Lc 12, 49) en nuestro mundo, estamos todos dispuestos a ello y a mayores consecuencias: “...juzgad si es justo delante de Dios obedeceros a vosotros antes que a Dios” (Hech 4,19).
Si la defensa de la fe lo requiere, continuaremos todo el tiempo que sea necesario testimoniando y actuando en la proclamación contundente de la verdad salvífica de Cristo.
No nos referimos a discusiones meramente teóricas, sino a situaciones existenciales en la vida concreta de millones de cristianos católicos que deben resolver una disyuntiva: si deseo salvarme debo o no debo hacer o evitar esto o aquello: es la pregunta que se hacían los que escuchaban contritos la predicación de los apóstoles: “...¿qué hemos de hacer hermanos? (Hech 5,37), es también lo que Juan Bautista predicaba sin ambigüedades tratándose del camino de la salvación: “...Juan decía a Herodes: ‘no te es lícito tener la mujer de tu hermano’...” (Mc 6,18), o lo que Cristo dijo, y que no era la

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respuesta popular que los judíos esperaban, sino una respuesta para un camino concreto de salvación: “Quien repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio...” (Mc 10,11-12); y lo que San Pablo decía con claridad y “parresía": “...¡No os engañéis! Ni los impuros, ni los idólatras,... ni los homosexuales, ni los ladrones...heredarán el Reino de Dios “ (I Corintios 6, 9-10). Al final la disyuntiva es absoluta, salvación o condenación.
Son muchas las ambigüedades actuales en el camino concreto de salvación, muchas se podrían enunciar y examinar, pero por ahora nos ceñimos sólo a las abajo desarrolladas (cf. A,B y C, del apartado I I), mismas que afectan la vida y salvación de millones de personas.
Se trata de hacer una reflexión clarificadora en el interior de la fe católica y destinada para quienes profesan esa fe, es un discernimiento interno, dentro del ámbito de los miembros de la Iglesia Católica.
Por tanto, en esta Declaración no se intenta en absoluto tomar ninguna postura de tipo civil o política, sino de un discernimiento interno dentro de la Iglesia Católica, y conscientes de que si a la Iglesia no se la logra purificar con la auténtica doctrina de Cristo, es imposible que pueda ser “luz” para el mundo (cf. Jn 8,12).
I ) OBEDECER A DIOS ANTES QUE A NADIE MÁS
1) La indefectibilidad de la Iglesia, la defensa de la fe, y la verdad salvífica de Cristo. Sabemos que la indefectibilidad de la Iglesia procede de Cristo, y que por este don la Iglesia no puede fallar en su misión de salvación. Aunada a esta misión está la Revelación que es la Verdad de Cristo y su Evangelio. La verdad puede ser filósofica, natural, sociológica, meramente humana, etc. Pero también hay una verdad sobrenatural, verdad de fe, pero no por ser de fe es una verdad de teoría o de tecnicismos, sino es una verdad de salvación, una verdad existencial, verdad sobrenatural que nos lleva a la Vida eterna. Es la Verdad que nos salva. La defensa de la fe es defender esta verdad que nos salva.
2) La verdad salvífica, verdad de fe existencial. La defensa de la fe no es sólo defender cuestiones teológicas técnicas que pocos puedan entender y que poco tiene que ver con la vida cotidiana del creyente. La verdad salvífica es siempre existencial, y abarca la integridad del ser humano, es verdad existencial en Cristo, lo que nos lleva a guardar su Palabra en nuestro modo de vivir cotidiano.
3) El Profetismo contra la mundanidad de lo “políticamente correcto”, el profetismo garante de la verdad de salvación. Estamos en circunstancias donde

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se pretende hacer desaparecer de la faz de la Tierra la verdad de salvación. Lo “políticamente correcto” es lo que siempre quiere ocultar las verdades de Dios pues le resultan incómodas, la audacia, valentía, arrojo, la “parresía" de los profetas es lo que mantiene vigente humanamente hablando la Verdad de salvación. Lo que el mundo necesita es el auténtico profetismo, se requiere que los profetas no dejen de hablar. Callar sería ser “perros mudos”1.
I I ) ALGUNAS POSTURAS DOCTRINALES CONCRETAS EN LAS QUE NO PODEMOS OBEDECER AL PAPA FRANCISCO POR SER CONTRARIAS A LA VERDAD SALVÍFICA DE CRISTO:
Entre otras posturas doctrinales inaceptables, como muestra citamos las siguientes. Lo haremos de la siguiente forma: enunciaremos lo que debe ser, lo que es la verdad, y explicaremos a continuación por qué la postura del Papa Francisco es contraria a estas verdades.
A ) LOS “DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR” NO PUEDEN ACCEDER A LA EUCARISTIA”, LO CONTRARIO IMPLICA UNA POSTURA HERÉTICA DIRECTAMENTE OPUESTA A LA DOCTRINA DE CRISTO Y DE LA IGLESIA. Presupuestos:
1. Al hablar de “divorciados vueltos a casar” hablamos de aquellas personas cuyo vínculo matrimonial sacramental está vigente, pero que sin embargo, han asumido otra relación conyugal con una persona con la cual no tienen ese vínculo sacramental y canónico.
2. Al hablar de que estas personas no pueden acceder a recibir la Eucaristía, se entiende si antes no se han arrepentido y solicitado con un propósito verdadero de conversión el sacramento de la penitencia, en cuyo caso se supone como condición dejar el pecado del que se arrepienten.
3. Como el vínculo sacramental canónico está vigente, significa que no se trata de un matrimonio nulo “ab initio”, sino de un matrimonio válidamente contraído y celebrado.
4. Una vez que un matrimonio canónico y sacramental es válidamente realizado éste es indisoluble2.
Lo que dice el Papa Francisco: el Papa Francisco trata del caso de los “divorciados vueltos a casar” en su Exhortación Apostólica Post-Sinodal “Amoris Laetitia”, particularmente en su Capítulo VIII. En relación a este mismo tema y en referencia al mismo Capítulo VIII la “Región Pastoral Buenos Aires” emana un escrito intitulado
1 Is 56,10.
2La fidelidad a esta doctrina costó la separación de toda la Iglesia de Inglaterra, en tiempos del Rey Enrique VIII.

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“Criterios básicos para la aplicación del Capítulo VIII de Amoris Laetitia” (AL)3; el Papa Francisco responde4 al envío de ese escrito diciendo:
“El escrito es muy bueno y explicita cabalmente el sentido del capítulo VIII de Amoris Laetitia. No hay otras interpretaciones".
Ahora, analicemos el escrito al que se refiere el Papa Francisco, en el punto del posible acceso a los sacramentos por parte de los “divorciados vueltos a casar”.
En el n. 6 del escrito pastoral de los Obispos de la “Región Pastoral Buenos Aires” se dice:
“En otras circunstancias más complejas, y cuando no se pudo obtener una declaración de nulidad, la opción mencionada puede no ser de hecho factible. No obstante, igualmente es posible un camino de discernimiento. Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúan la responsabilidad y la culpabilidad (cf. [AL] 301-302), particularmente cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión, Amoris Laetitia abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía (cf. [AL] notas 336 y 351).
Estos a su vez disponen a la persona a seguir madurando y creciendo con la fuerza de la gracia”.
Comentarios:
a) “...cuando no se pudo obtener una declaración de nulidad...”, esta frase es
ambigua, pues podría significar que realmente el matrimonio previo en cuestión fue realmente nulo “ab initio” pero ello no se pudo probar, o bien que después del examen y dictamen de un Tribunal Eclesiástico no pudo ser probado que el matrimonio fue efectivamente nulo desde un principio, y por lo tanto el matrimonio es efectivamente válido según el Código de Derecho Canónico n. 1060 que dice que “...se ha de estar por la validez del matrimonio, mientras no se pruebe lo contrario”. Ahora bien, la frase aludida sale un tanto sobrando y abona a la confusión, pues aun y cuando el matrimonio resultase ser nulo, las personas de la nueva unión no han contraído matrimonio canónico-sacramental, por lo que en principio si cohabitan conyugalmente (“more uxorio”) están si no en adulterio, por lo menos en “unión libre” o en “amasiato”. Por lo mismo cometen el pecado de la fornicación, y por lo tanto si comulgan cometen sacrilegio5.
3 Dicho escrito lo firman los Obispos de la Región el 5 de septiembre 2016.
4 Carta del Papa Francisco a Mons. Sergio Alfredo Fenoy, Delegado de la Región Pastoral Buenos Aires, 5 de sept. 2016
5 Según San Pablo, “comen y beben su propia condenación”: 1 Cor 11,29

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b) “En otras circunstancias más complejas, ...la opción mencionada puede no ser de hecho factible”. ¿A qué opción se refieren? Lo dicen ellos mismos en el número anterior, el n. 5, es la opción de vivir en continencia, por lo tanto no como esposos, no conyugalmente (no “more uxorio”), he aquí el texto del n. 5:
“Cuando las circunstancias concretas de una pareja lo hagan factible, especialmente cuando ambos sean cristianos con un camino de fe, se puede proponer el empeño de vivir en continencia. Amoris Laetitia no ignora las dificultades de esta opción (cf. [AL] nota 329)...”.
c) “...la opción mencionada (vivir en continencia) puede no ser de hecho factible. No obstante, igualmente es posible un camino de discernimiento”. O sea, según este escrito, no importa que no se viva en continencia... igualmente se puede hacer un discernimiento que desemboca en la recepción de los sacramentos de la reconciliación y de la Eucaristía... sin mencionar en ningún momento que para ello se necesita arrepentimiento y conversión, y como requisito de conversión se debe dejar concretamente la situación de pecado; al contrario, el escrito reafirma que de hecho no están viviendo la opción de vivir en continencia.
d) “Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúan la responsabilidad y la culpabilidad (cf. [AL] 301-302), particularmente cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión, Amoris Laetitia abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía”
Aquí se pone una cierta condición para que el discernimiento aterrice en la recepción de los sacramentos, y esa condición no es que se arrepientan y dejen el pecado como requisito espiritual necesario para recibirlos, sino “Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúan la responsabilidad y la culpabilidad cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión...”.
O sea que, según este escrito de los Obispos de la Región Pastoral de Buenos Aires, hay situaciones en las que los “divorciados vueltos a casar” no son tan culpables de adulterio, pues según esto se atenúa su responsabilidad y su culpabilidad por que les pesa mucho en su conciencia el temor de dañar a los hijos de la nueva unión.
Esta postura es un cambio diametral del Evangelio, el adulterio deja de ser adulterio cuando los hijos de la nueva unión pueden ser dañados de alguna forma por el hecho de que sus padres se retiren del pecado separándose. Doctrina increíblemente contradictoria con la doctrina de Cristo (“...El que repudia a su mujer y se casa con otra comete adulterio contra aquella; y si la mujer repudia a su marido y se casa con otro,

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comete adulterio”: Mc 10,11-12). ¿Justificará una situación así (temor de dañar a los hijos por que los padres viven castamente o se separan) que se siga viviendo en adulterio y que así se pueda comulgar? Nunca en dos mil años nadie ha aceptado una doctrina tal en la Iglesia. Si se siguiera esa línea de pensamiento errado se podrían argumentar muchas cosas para comulgar estando y permaneciendo en toda clase de pecados.
e) “Estos (los sacramentos) a su vez disponen a la persona a seguir madurando y creciendo con la fuerza de la gracia”: aquí ya se da por supuesta la recepción concreta de los sacramentos, sin nunca haber puesto como presupuesto que debe haber un arrepentimiento y conversión para recibirlos, y que dicha conversión implica dejar concretamente el pecado: “Tampoco yo te condeno. Vete y no peques más” (Jn 8,11). Por otro lado, también este escrito de los Obispos de la Región Pastoral Buenos Aires olvida que recibir los sacramentos en tales circunstancias (estando en pecado y sin cambio alguno de vida) es sacrilegio, y dicen la mentira de que los sacramentos en tales circunstancias producen la gracia, pues aparte de que el significado profundo de los sacramentos se ve falsificado, no toman en cuenta la advertencia paulina: “Pues el que come y bebe indignamente el cuerpo (del Señor), come y bebe su propia condenación...” (1 Cor 11,29).
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Nada de lo anterior se puede compaginar con la doctrina de Cristo al respecto:
Jesús nos dice: “...el que repudia a su mujer y se casa con otra, adultera contra aquella, y si la mujer repudia al marido y se casa con otro, comete adulterio” (Mc 10, 11-12); “...quien se divorcia de su mujer, excepto el caso de (que vivan en) unión ilegítima, y se casa con otra, comete adulterio” (Mt 19,9).
La doctrina bimilenaria de la Iglesia ha sostenido siempre esta misma doctrina en fidelidad al Maestro. Como muestra, por ejemplo, el Concilio de Trento (cualquier estudioso de teología y del Magisterio de la Iglesia sabe el peso determinante de las definiciones de este Concilio) dice:
“ Si alguno dijere que la Iglesia se equivoca cuando enseñó y enseña, conforme a la doctrina del Evangelio y de los apóstoles (cf. Mc 10; 1 Cor 7), no puede disolverse el vínculo del matrimonio por adulterio de uno de los cónyuges; y que ninguno de los dos, ni siquiera el cónyuge inocente que no dio motivo de adulterio, puede contraer nuevas nupcias, mientras viva el otro; y que cometen adulterio el hombre que después de repudiar a su mujer adúltera se casa con otra y la mujer que después de haber repudiado a su marido adúltero se casa con otro, sea excomulgado”(Concilio de Trento, Cánones sobre el sacramento del matrimonio, 7).

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Aquí podemos ver cómo aun en el caso límite del adulterio del propio cónyuge, no puede haber legítimamente una nueva unión con otra persona.
Hay muchas referencias a la solidez de esta doctrina de la indisolubilidad del matrimonio en el Magisterio de la Iglesia, y por lógica, sin contemplar nunca la posibilidad de comulgar para el que vive en adulterio6.
Así, el Catecismo de la Iglesia Católica en cuanto a la indisolubilidad del Matrimonio (n.1640):
“Por tanto, el vínculo matrimonial es establecido por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y consumado entre bautizados no puede ser disuelto jamás... La Iglesia no tiene poder para pronunciarse contra esta disposición de la sabiduría divina (cf. CIC canon 1141)”.
Del vínculo indisoluble del matrimonio se deduce la atribución de adulterio a cualquier otra pareja que no esté unida con el vínculo matrimonial-sacramental y la consiguiente inaccesibilidad a la comunión eucarística, doctrina confirmada luego por la Congregación para la Doctrina de la Fe al promulgar la “Carta a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la recepción de la Comunión Eucarística por parte de los fieles divorciados vueltos a casar”, 14 de septiembre 1994.
Todo esto en continuidad con el Magisterio de San Juan Pablo II en “Familiaris Consortio":
“Por otra parte, el matrimonio entre dos bautizados es el símbolo real de la unión de Cristo con la Iglesia, una unión no temporal o “ad experimentum”, sino fiel eternamente; por tanto, entre dos bautizados no puede haber más que un matrimonio indisoluble” (n. 80).
En conclusión de todo lo anterior, esta doctrina de la cual el Papa Francisco ha dicho que “El escrito es muy bueno y explicita cabalmente el sentido del capítulo VIII de Amoris Laetitia. No hay otras interpretaciones”, es contraria a la enseñanza de Cristo en el Evangelio, a la doctrina bimilenaria de la Iglesia, y como ha sancionado Trento, es una doctrina herética: no es posible recibir los sacramentos de la reconciliación y de la Eucaristía mientras se viva conyugalmente “more uxorio" con alguien que no es su legítimo esposo(a).
6 En referencia a la doctrina de la indisolubilidad, véase Catecismo de la Iglesia Católica n. 1640.

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Por ello, es bueno no dejarse confundir por enseñanzas ambiguas o contrarias a las que infaliblemente la Iglesia ha enseñado, por ello obedeciendo a Dios antes que a los hombres (cf. Hech 5,29), obedeciendo a la Iglesia y a su Magisterio bimilenario, como claramente lo hicieron San Juan Pablo II y Benedicto XVI, declaramos con todo el respeto posible, que en esta materia no podemos obedecer al Papa Francisco que ha dicho que la interpretación de los Obispos de la Región Pastoral Buenos Aires acerca de “Amoris Laetitia” es la correcta, pues el citado escrito es herético y contrario a la
enseñanza de Cristo.
Al aprobar directamente dicha doctrina, al grado de hacerla publicar en Acta Apostolicae Sedis, el Papa Francisco está enseñando un error y una herejía, y en eso no podemos ni obedecer ni tener comunión con el Papa Francisco, sino más bien obedecer a Dios. Esta enseñanza del Papa Francisco (pues él ha asumido la enseñanza de la Región Pastoral Buenos Aires) contradice directamente la enseñanza perenne de la Iglesia, según hemos visto.
En conclusión, no puede haber ninguna excepción en la que una persona que tiene ya un vínculo válido sacramental matrimonial con otra, pueda lícitamente vivir conyugalmente (“more uxorio”) con otra que no es su esposa canónicamente hablando7. El que afirme lo contrario queda fuera de la comunión de fe y salvación de la Iglesia8.
La publicación de un Rescripto en el que se le da una cualifica teológica a ambos documentos (la carta del Papa al Delegado de la “Región Pastoral Buenos Aires”, y del escrito de la Región Pastoral) como “Magisterio auténtico”9, es decir, enseñanza oficial de la Iglesia, siendo lo grave que el escrito de la Región Pastoral Buenos Aires está en contradicción con la verdad salvífica de Cristo. Reportamos dicho texto en su original latino, así como una traducción:
RESCRIPTUM “EX AUDIENTIA SS.MI”
7 Tendría que deshacerse el primer vínculo lo cual no se puede pues es indisoluble, y segundo tendría que tener otro vínculo sacramental con la persona con la que ahora vive “more uxorio”, y para ello debería recibir el sacramento del matrimonio, pero si tiene un vínculo sacramental previo se encuentra impedido(a) para ello.
8 El Concilio de Trento en sus cánones suele decir: “Si alguien dijera... anatema sit". Esta fórmula latina significa que se trata de una materia infalible, a la cual estamos obligados absolutamente a creer bajo pena de ya no pertenecer a la Iglesia, ni estar en comunión con la fe verdadera.
9 No significa que sea una enseñanza infalible, pero sí que es una enseñanza oficial de la Iglesia.

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Summus Pontifex decernit ut duo Documenta quae praecedunt edantur per publicationem in situ electronico Vaticano et in Actis Apostolicae Sedis, velut Magisterium authenticum.
Ex Aedibus Vaticanis, die V mensis Iunii anno MMXVII.
PETRUS Card. PAROLIN, Secretarius Status
TRADUCCIÓN:
RESCRIPTO “(Procedente) DE LA AUDIENCIA CON EL SANTÍSIMO (PADRE)” (con el Papa)
El Sumo Pontífice ha decidido que los dos Documentos que preceden sean preparados para publicación en el sitio electrónico Vaticano y en “Acta Apostolicae Sedis", como Magisterio auténtico.
Dado en el Vaticano, día 5 del mes de junio del año 2017.
Pietro Cardenal PAROLIN Secretario de Estado
Comentario:
Es un asunto grave, pues ambos documentos se elevan a Magisterio Auténtico de la Iglesia (no quiere decir que este Rescripto afirme que se trata de doctrina infalible, pero sí que, al ser Magisterio Auténtico es enseñanza de la Iglesia); en el Rescripto se dice que dicha cualífica se aprobó por el Papa Francisco en una Audiencia personal con él. La gravedad de este Rescripto consiste en que, la Carta de la Región Pastoral Buenos Aires” resulta contener herejía, como hemos visto.
B ) LA IGLESIA NO PUEDE DE NINGÚN MODO PROMOVER LAS UNIONES HOMOSEXUALES, EN EL SENTIDO DE QUE NO PUEDE AFIRMAR DE NINGÚN MODO QUE SEAN CAMINO DE SALVACIÓN.
Notas previas:
- Como se ha advertido al inicio, las observaciones al respecto de este tema no las hacemos a nivel de debate civil externo, sino como un diálogo interno con personas de la misma fe.
- Desde la fe católica un hermano o hermana que experimenta tendencias homosexuales, sigue siendo nuestro hermano y nuestra hermana, y en ese sentido nunca es de caridad ni de amor fraterno despreciar a ningún hermano de ninguna condición.

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- Es un deber para el que tiene fe en Cristo, anunciar a todo hermano el Evangelio tal y como el Señor nos lo predicó, concientizándonos de que todos debemos convertirnos y adecuar nuestro pensar y actuar a las exigencias de su camino de vida eterna. Todos al convertirnos tenemos que esforzarnos.
- Hablamos de hermanos y hermanas que experimentan tendencias homosexuales, en cuanto que desde la fe, el ser humano no nace homosexual, sino en la disyuntiva biológica de ser mujer o de ser hombre. La tendencia homosexual se puede generar en un proceso no adecuado de introyecciónn de la propia identidad psico-sexual, dado que el ser humano al ser imagen de Dios es racional y libre, es el único ser en la creación material que debe asumir conscientemente la sexualidad determinada en su corporeidad.
- No opinamos aquí del desarrollo del debate público sobre el tema de la homosexualidad, las uniones homosexuales, las uniones civiles entre personas del mismo sexo, el así llamado matrimonio igualitario, etc.. Aquí tratamos de un diálogo interno entre creyentes.
Lo que dice el Papa Francisco.
En algunas declaraciones se ha pronunciado sobre la cuestión de las uniones homosexuales, alentando la aprobación de leyes de unión civil para parejas homosexuales:
a)“Lo que tenemos que hacer es una ley de convivencia civil. Tienen derecho a estar cubiertos legalmente...Yo defendí eso”: palabras del Papa Francisco en el Documental “Francesco”, reportado en “El Papa alienta unión civil para parejas homosexuales, un cambio de postura del Vaticano”: ACI Prensa, 21 de octubre de 2020.
b)“Estas son leyes que buscan ayudar la situación de tanta gente de orientación sexual diversa. Y esto es importante que se ayude a esta gente, pero sin imponer cosas que por su naturaleza en la Iglesia no proceden (catalogar como matrimonio la unión homosexual). Pero si ellos quieren llevar la vida juntos una pareja homosexual, los Estados tienen posibilidades de civilmente sostenerlos, de darles seguridad en materia de herencia, de salud” (Papa Francisco en el vuelo de regreso del Viaje Apostólico a Eslovaquia y Hungría, Rome Reports en español, el 15 de septiembre 2021
En síntesis aquí el Papa Francisco afirma:
Una unión homosexual no se puede llamar matrimonio por la Iglesia, pues en la Iglesia el matrimonio es entre hombre y mujer. Esto último es correcto, pero luego entra en contradicción al decir que si ellos quieren llevar una vida de pareja homosexual juntos,

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los Estados les den a ellos, no como individuos, sino como pareja, les den seguridad social y todos los beneficios que la ley les pueda dar; se deja así a la libre opción el formar una pareja homosexual, aquellos que así lo deseen (y en ningún lado dice que vayan a vivir en continencia). Y en total apoyo a este modo de actuar, se solicita en favor de ellos atenciones especiales por parte de los Estados.
En estas afirmaciones del Papa tampoco se distingue si está hablando como Pastor para aquellos que sintiéndose homosexuales quieran formar esa pareja civil y sean fieles católicos.
Surgen preguntas ¿corresponderá al Ministerio Petrino solicitar derechos civiles para esta situación, y al mismo tiempo dar su aprobación para ese tipo de parejas? ¿qué decir si los implicados son fieles católicos?, ¿será propio del Ministerio Petrino ignorar al 100% lo que la Sagrada Escritura ha enseñado con tanta claridad y la Iglesia ha obedecido dócilmente durante dos mil años? Iglesia que enseña contundentemente que los actos homosexuales son intrínsecamente malos, y que si son practicados conscientemente son sin lugar a dudas camino de perdición eterna. ¿De que le servirá a una unión homosexual disfrutar de derechos civiles, mientras se pierde eternamente???10 Alguien que predica como algo bueno o normal lo que en realidad es un camino de perdición está actuando como un falso Profeta, diciendo lo que en realidad Dios no le mandó que dijera. Al promover leyes a favor de las uniones homosexuales, se da una aprobación tácita a la inmoralidad de los actos homosexuales.
En este diálogo interno entre creyentes, no nos interesan los aspectos civiles de esta cuestión, sino el terrible mensaje que el Papa Francisco está dando y que conlleva una tergiversación en lo que a la salvación se refiere: en efecto, es terrible que se diga que una pareja en unión homosexual puedan, si quieren, vivir juntos y nadie les hace notar la gravísima advertencia que les hace San Pablo: “No os engañéis: ni los fornicarios, ni los idólatras, ni los adúlteros, ni los homosexuales..., poseerán el Reino de Dios” (1 Cor 6,9-10).
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Por otro lado, que una autoridad como el Papa (o lo mismo sería un cardenal o
arzobispo11) diga que “la Iglesia debe o puede apoyar la unión civil de las personas
10 “¿Y qué aprovecha al hombre ganar todo el mundo y perder su alma?”: Mc 8, 36
11 Recientemente algunos Obispos han hecho declaraciones en esta misma línea, cf. “Carlos Aguiar, líder católico de México, respalda unión civil de parejas homosexuales.El cardenal

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homosexuales”: esto no es verdad como fácilmente se puede leer en el documento aprobado por San Juan Pablo II: “Consideraciones acerca de los Proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales”12: Ahí se dice con claridad:
“La Iglesia enseña que el respeto hacia las personas homosexuales no puede en modo alguno llevar a la aprobación del comportamiento homosexual ni a la legalización de las uniones homosexuales...Reconocer legalmente las uniones homosexuales o equipararlas al matrimonio, significaría no solamente aprobar un comportamiento desviado y convertirlo en un modelo para la sociedad actual, sino también ofuscar valores fundamentales que pertenecen al patrimonio común de la humanidad.”.
Ahora bien, apoyar una unión civil con derechos para homosexuales es un tema civil, en el que habría varias opiniones precisamente profanas y civiles, pero cuando alguien de la Jerarquía católica, máxime si es el Papa, opina al respecto, dicha opinión implica y supone necesariamente una connotación moral, pues está implícitamente aprobando que moralmente dos personas del mismo sexo pueden vivir juntas habitualmente, realizando actos homosexuales.
Así pues, no es verdad y que nadie nos engañe que alguien se puede salvar consintiendo conscientemente en realizar actos homosexuales, menos si son de forma habitual como una convivencia permanente.
En las palabras del Papa Francisco encontramos que tácitamente declara lícita una unión homosexual habitual, lo cual supone una institucionalización de una situación contraria a Dios, y que supone la realización de actos homosexuales conscientemente consentidos y queridos, los cuales han sido declarados por la Iglesia como “intrínsecamente malos”13, así, en esta materia, tampoco podemos obedecer al Papa Francisco y estar en comunión con él, el camino de los actos homosexuales conscientemente consentidos no es un camino de salvación.
Carlos Aguilar respaldó los comentarios del papa Francisco sobre las uniones civiles entre parejas homosexuales”, en Revista digital Forbes, 11 de diciembre 2020
12 Documento que publicó, con la aprobación del Papa San Juan Pablo II, la Congregación para la Doctrina de la Fe (bajo la presidencia del entonces Cardenal Joseph Ratzinger, posteriormente Papa Benedicto XVI), 3 de junio 2003.
13 Véase al respecto de los actos “intrínsecamente malos” lo que dice el Papa San Juan Pablo II en su Encíclica Veritatis Splendor (6 agosto 1993) n. 80

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Y si alguien nos presenta en nombre de Dios un camino distinto al que Dios plantea, simplemente es un falso profeta.
C) NO HINCARSE SISTEMÁTICAMENTE ANTE CRISTO EUCARISTÍA ES UNA HEREJÍA “DE FACTO”.- Se entiende que esta actitud sistemática no es por impedimento físico. Así, en relación a la actitud ante la Sagrada Eucaristía declaramos que no podemos obedecer al Papa Francisco ni tener comunión con él, ni seguirlo en el ejemplo, en el sentido de que sistemática y habitualmente no se hinca en adoración ante la presencia real de Cristo, y ello constituye una herejía “de facto” (como veremos más adelante), y en contradicción con una práctica constante e indiscutible en la Iglesia, y que precisamente sanciona la normativa litúrgica, pues únicamente preceptúa la genuflexión ante la Eucaristía. Es obvio que la cuestión aquí no es que si el Papa Francisco tiene o no un impedimento físico, sino el por qué constante y sistemáticamente no se hinca ante la presencia de Cristo Eucaristía; así, se puede verificar hasta el momento presente, que en ninguna Misa, ni en ningún día de “Corpus Christi”, ni en ninguna adoración se le ha visto, a aquél que nos debería confirmar en la fe, rendir el homenaje de la adoración a Cristo Eucaristía, ignorando el reclinatorio colocado explícitamente para él.
Así, el Papa Francisco desacata además el rito católico que preceptúa el arrodillarse, pero más gravemente aún, realizando “de facto” la herejía de negarle adoración al Señor. Decimos que es una herejía “de facto”, pues además de que, al no hincarse ante la Eucaristía no sigue lo preceptuado por la Iglesia ni la praxis de la universalidad de los fieles, testimoniada por todos los siglos de existencia de la Iglesia y del cristianismo, contradice la doctrina católica:
“ Si alguno dijere que el Santísimo Sacramento de la Eucaristía no se debe adorar con culto de latría (de adoración), incluso externo, a Cristo, Hijo unigénito de Dios; y que, por tanto, no se le debe venerar con una celebración festiva particular; ni se le ha de pasear solemnemente en procesiones, según el rito y costumbre laudable y universal de la Santa Iglesia; o que no debe ser expuesto públicamente a la adoración de los fieles y que quienes lo adoran son idólatras, sea excomulgado ” 14.
Hemos dicho arriba que se trata de una herejía “de facto”, pues con toda claridad la Iglesia excomulga al que cae en las herejías enumeradas, una de ellas se refiere al que dice que “no se debe adorar con culto de latría” (adoración) la Eucaristía, culto “incluso
14 Concilio de Trento, “Cánones sobre el Santísimo Sacramento de la Eucaristía”, 6

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externo” ¿cuál es ese culto incluso externo de adoración? todos los sabemos, es arrodillarse ante Cristo, Rey de reyes y Señor de señores.
En contraparte, el Papa Francisco se arrodilló en múltiples ocasiones o de forma continua, un momento por cada persona a la que lavó los pies, en el primer lavatorio de pies que hizo; se arrodilló ante las reliquias de los mártires anglicanos (no católicos) en un Viaje a África (registro de video del Centro Televisivo Vaticano, video de Youtube del 5 abril 2016). Sólo por citar un par de ejemplos, tomando en cuenta además que, aunque con alguna dificultad, sube y baja escaleras, como por ejemplo las de los aviones, etc., todo ello da cuenta de que sí puede arrodillarse, no habiendo además ninguna instancia del Vaticano que alguna vez haya argumentado nunca nada al respecto, nadie ha explicado nada sobre este asunto, siendo que ha resultado escandaloso esa falta de adoración incluso externa ante Cristo Eucaristía; lo que sí es cierto es que ha sido una constante en todo su pontificado que no se hinca sistemáticamente ante el Santísimo Sacramento.
I I I . ANTE LAS FALSAS DOCTRINAS ANTES EXPUESTAS Y COMBATIDAS, SENTIDO Y ALCANCE DEL “UNA CUM...” EN NUESTRA CONVICCIÓN DE FE CATÓLICA
Al participar nosotros laicos en la Misa hemos estado acostumbrados a unirnos espiritualmente, de corazón y con convicción a las palabras que el sacerdote dice y que también él ha estado acostumbrado a pronunciar con convicción espiritual “... con el Papa Francisco, y con nuestro Obispo N.” que traduce la hermosa fórmula latina “... una cum Papa nostro N. et Episcopo nostro N.”.
Esta fórmula representa una Tradición importante en la vida de la Iglesia, pues expresa la comunión de fe con la Sede de Roma, y con los Obispos que están en comunión con la Sede Apostólica. Expresa también una comunión absoluta con el Ministerio Petrino.
Así ha sido durante siglos, sin embargo, en las circunstancias actuales -como hemos visto más arriba- en las cuales, al separarse en ciertas materias el Papa Francisco del Magisterio Apostólico y Petrino, de un Magisterio constante durante dos mil años, y dejándonos en la circunstancia de no poder obedecerle en esas materias:
- el “...una cum” puede ser mantenido, claro que sí, como comunión de caridad, haciendo oración por la salvación del Papa...
- pero en cuanto a la comunión en la Verdad de fe y de salvación, es necesario precisar que los firmantes de esta Declaración, el “una cum Papa Nostro Franciscus”:

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a) no podemos adherirnos a él como absoluto, sino que dado que hemos expuesto que en varios puntos no podemos obedecer al Papa Francisco, declaramos que al pronunciar o unirnos a esta fórmula en la celebración de la Misa, lo hacemos de forma parcial...
b) Además hay que señalar que dicha comunión expresada en el “una cum”, dadas las circunstancias en las que no podemos obedecer, puede y tiende a decrecer, a disminuir alarmantemente.
El uso monolítico del “una cum", ideal en otros momentos de la historia de la Iglesia, siempre ha estado condicionado a que lo que se propone para creer no es contrario a la fe misma de la Iglesia.
Las circunstancias actuales han causado conflictos de conciencia en muchos fieles laicos y en no pocos sacerdotes. Si digo que no estoy con el Papa excluyo del todo un aspecto importante que es la comunión con el Ministerio Petrino, y si digo que sí estoy en plena comunión, entonces ¿cómo decir estoy en comunión plena con algo que contiene algo que es herético?
Sabemos perfectamente que nuestra adhesión al Papa debe ser absoluta cuando nuestra conciencia nos atestigua que está actuando como auténtico servidor de Cristo. Nuestra conciencia nos lleva a decir de forma espontánea “con el Papa”, pero de este noble sentimiento se ha abusado interpretándolo como una aprobación absoluta y ciega de todo lo que diga el Papa, y no es así, pues por las actuales circunstancias vemos que no podemos obedecer en todo al Papa Francisco, por ello dicha comunión con el Papa Francisco es parcial, y desgraciadamente tendiente a decrecer. En esto no hacemos nada más que honestamente descubrir nuestra conciencia y decirnos interiormente a nosotros mismos la Verdad.
No se trata de, en las materias señaladas, no obedecer al Papa Francisco sin más, sino de estar imposibilitados, de no poder estar en comunión ni obediencia con él cuando entre él y el Magisterio bimilenario de la Iglesia hay divergencias esenciales, como en las materias indicadas.
Obviamente lo que se dice del “una cum" con el Papa es también válido en lo que se refiere al “una cum" con el Obispo propio o con el Obispo del lugar.
EL COMPLEMENTO DEL “UNA CUM”, LA FÓRMULA “FAMULO TUO”
En la anáfora eucarística se dice “...una cum famulo tuo Papa Nostro N....”, y esto es un magnífico complemento del “una cum" ya que le da el sentido

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profundo: se trata de que el “estar en comunión con el Papa (y el Obispo)” está condicionado a que el Papa (y el Obispo) sea realmente un servidor de Cristo (“famulo tuo”) en la comunión en la Verdad de salvación, y esto es absolutamente importante.
Declaramos también que esta misma dinámica es totalmente válida en la conciencia de todo sacerdote y fiel cristiano laico en la Iglesia universal, pues su adhesión al Papa está condicionada a la propia conciencia, si ve que realmente está siendo servidor de Cristo.
Si en algún punto alguien se piensa que estamos mal en la apreciación, pedimos se nos aclare, y que no se termine como con las “dubia”, que inexplicablemente nunca se les ha querido responder.
Finalmente, señalamos que concordes con un “una cum" asumido conscientemente en forma parcial, el sacerdote podría decir: “...con el Papa Francisco en todo aquello que es servidor de Cristo”, y el fiel cristiano puede asumir esto mismo internamente.
REFLEXIONES FINALES
Con todo esto lo que deseamos es que regresemos al auténtico Evangelio de Cristo. Lo que ahora hemos manifestado no es sino decir la verdad, buscando la comunión en la verdad de fe revelada por Cristo a su Iglesia, sancionada por su magisterio auténtico y bimilenario. Sólo las palabras del Maestro guiaron y guían el caminar de la Iglesia “La
verdad los hará libres” (Jn 8,32).
A todos nuestros amigos y hermanos, cardenales, Arzobispos, sacerdotes, obispos, religiosos(as) o laicos les pedimos una disculpa si el tema no resulta agradable, pero sentimos que ha sido necesario tratarlo. Oramos para que todos seamos uno en la fe y en la predicación del camino de la salvación.
A la Virgen Santísima de Guadalupe, “Mater Veritatis Salutaris”, Madre de la Verdad de salvación, encomendamos ésta no fácil batalla espiritual por la Verdad de la Salvación, la Verdad de Cristo, Ella,”la Madre del verdadero Dios por quien se vive”.
A Ella pedimos perdón por nuestra falta de confianza en su poderosísima intercesión ante los males que nos aquejan, y por no haber llorado el cierre de su Casita santa en su día15, siendo la primera vez en la historia que un 12 de diciembre no se permitió al Pueblo rendirle homenaje, siendo que Ella es la única, la única, que de parte de Dios nos puede sacar avantes.
15 Referente al cierre de la Basílica de Guadalupe en los días de las fiestas guadalupanas del 10 al 13 de diciembre 2020.

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Pedimos su intercesión para que el conjunto de situaciones que ha rodeado y marcado el cierre de su templo, contrastado con otras actividades en la misma Ciudad donde Ella se encuentra (aglomeraciones en eventos, comercios callejeros, centros comerciales, transporte colectivo y masivo, etc.), no nos acarree consecuencias, pues equivocado estará el que piense que algo así se hace y que no habrá consecuencias, consecuencias sin intervención humana, por ello pedimos que éstas al menos no sean tan fuertes por nuestro abandono de su bendita mano; que no nos deje Ella de su bendita mano pues ello sería nuestra desgracia y destrucción.
¡Virgen Santísima de Guadalupe! Con toda certeza sabemos que nadie puede destronarte, y que todo aquél que lo intente, sin intervención de mano humana (cf. Dn 2,45), después de un poco de tiempo, caerá en la ruina de su vida si no se arrepiente. Virgen bendita apiádate de todos y cada uno de nosotros y de México que es tu Nación. Nos proponemos pedirte perdón y desagraviarte, y regresar a ser tus hijos yendo por el camino de tu santísimo Hijo. Por eso hoy te volvemos a decir con el corazón arrepentido, pero acogiéndonos a tu bondad y misericordia de Madre: Santa María de Guadalupe, Salva nuestra Patria y conserva nuestra fe.
¡¡VIVA CRISTO REY Y SANTA MARÍA DE GUADALUPE!!! ¡¡¡TOTUS TUUS!!!
¡¡¡MÉXICO SIEMPRE FIEL!!!
Firmado en la presencia espiritual de la Santísima Virgen de Guadalupe, en el Tepeyac:
Nota: aunque grupos de personas desean unirse a esta Declaración, es necesario decir, que lo dicho en ella no toma su fuerza del número de los firmantes; el grupo que ha firmado tiene la convicción de que la fuerza de esta Declaración está en la verdad.
Equipo de contacto y coordinación de comunicación social:
María Eugenia Valdez Jaqueline García Julieta Mena
Mariano Llera Guillermo Trejo
contacto@mater-veritatis-salutaris.org
56 - 3271 - 2603 MATER VERITATIS SALUTARIS 2021

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Firmas en orden alfabético de laicos y sacerdotes:
MA DE LA LUZ ALANÍS BUCIO - MICHOACÁN , MÉXICO MARÍA TERESA ALANÍS BUCIO - MICHOACÁN , MÉXICO JUDITH PATRICIA ALMANZA FLORES - QUERÉTARO , MÉXICO VICTORIA ALVIZO PÉREZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO BLANCA ANGÉLICA ÁVILA ORTEGA - MICHOACÁN , MÉXICO JOSÉ ELOY AYALA ARANGO - GUANAJUATO , MÉXICO
JESÚS BARRERA GARCÍA - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
IRENE BARSSE GONZÁLEZ - CDMX , MÉXICO
MARÍA ROSA BLANCA DEL SOCORRO - GUANAJUATO , MÉXICO PALOMA BUITRÓN MORALES - MICHOACÁN , MÉXICO
HECTOR MIGUEL CABILDO OBREGON - CIUDAD DE MEXICO , MÉXICO NOEMI SUSANA CAJAL GUTIÉRREZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO DULCE MARÍA CANTERO ZANDOVAL - MICHOACÁN , MÉXICO
MARÍA DE GUADALUPE CARDENAS SANDOVAL - QUERÉTARO , MÉXICO
MIGUEL ÁNGEL CASSANI ROMERO - CDMX , MÉXICO RICARDO CAVAZOS HAUM - QUERÉTARO , MÉXICO
ISELA CERVANTES GARFIAS - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
RVDO. SR. PBRO. JESÚS EDGAR CHÁVEZ CERVANTES (SACERDOTE) - B.C. , MÉXICO
PEDRO CHÁVEZ GARCÍA - GUADALAJARA , MÉXICO
JAIME CORREA RUEDA - MICHOACÁN , MÉXICO
ADAN CORREA CASTRO - MICHOACÁN , MÉXICO
ELISA CORREA JIMÉNEZ - MICHOACÁN , MÉXICO
AGUSTIN CRUZ PÉREZ - QUERÉTARO , MÉXICO
IVETH ARELI CRUZ CRUZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
DORIS DÍAZ GUTIÉRREZ - MICHOACÁN , MÉXICO
RVDO. SR. PBRO. JOEL DOMINGUEZ AGUILAR (SACERDOTE) - EDO. MEX. , MÉXICO
DEYSI YARELI DURAN MORA - MICHOACÁN , MÉXICO
ELSA CLARISA ECHAVARRIA SALAZAR - CDMX , MÉXICO
EDNNA BERENICE ESCALANTE GARCÍA - GUANAJUATO , MÉXICO ERASMO JAVIER ESPARZA GONZÁLEZ - CDMX , MÉXICO
HUGO ARIEL ESPINOZA GARCIA - CDMX , MÉXICO
GUILLERMO FERNÁNDEZ SALAZAR - CDMX , MÉXICO
VERONICA ELIZABETH GARCÍA CENICEROS - QUERÉTARO , MÉXICO VERONICA GARCÍA LÓPEZ - COAHUILA , MÉXICO
DOMINGO GARCÍA VILLAFRANCO - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO LAURA JAQUELINE GARCÍA HERNÁNDEZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
JOSE LUIS GARCÍA ALCALA - MICHOACÁN , MÉXICO
DORA MARÍA GARRIDO Y ZALLAS - CDMX , MÉXICO
ANAHI DE JESUS GIL - MICHOACÁN , MÉXICO
GUADALUPE BEGOÑA GODINEZ ESCALANTE - GUANAJUATO , MÉXICO

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BERENICE DEL PILAR GODINEZ ESCALANTE - GUANAJUATO , MÉXICO RAFAEL GONZÁLEZ OLGUIN - QUERÉTARO , MÉXICO
ANA LAURA GONZÁLEZ BLANCAS - MICHOACÁN , MÉXICO
MARIBEL GUITIÉRREZ TELLO - MICHOACÁN , MÉXICO
MIRNA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO ABELARDO HERNÁNDEZ BARRERA - MICHOACÁN , MÉXICO FELIPE HERNÁNDEZ ÁLVAREZ - CDMX , MÉXICO
MARÍA PÍA HIRMAS SAID - CDMX , MÉXICO
AUGUSTO LUIS HOYOS TELLO - QUERÉTARO , MÉXICO
JUAN RAYMUNDO IGLESIAS LEÓN - CDMX , MÉXICO
EDGAR JIMÉNEZ ALCANTARA - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO MARIA ALICIA JORGE KURI - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO IMELDA LEÓN PONCE - CDMX , MÉXICO
MARIANO MANUEL LLERA FANJUL - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO MÓNICA LÓPEZ MONTELLANO - MICHOACÁN , MÉXICO
RUBÉN MACÍAS MÉNDEZ - CDMX , MÉXICO
MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ PÉREZ - QUERÉTARO , MÉXICO JULIETA MENA GAMA - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
MARÍA EUGENIA MÉNDEZ DÁVALOS - MICHOACÁN , MÉXICO AURORA MORA BOLAÑOS - MICHOACÁN , MÉXICO
IRMA MORA FLORES - MICHOACÁN , MÉXICO
ALEJANDRO NAVARRETE RAMIREZ - MICHOACÁN , MÉXICO IQUER RAMSES NAVARRETE GUTIÉRREZ - MICHOACÁN , MÉXICO ADRIANA NAVARRO DUEÑAS - GUADALAJARA , MÉXICO ROLANDO OCAÑA PÉREZ - MICHOACÁN , MÉXICO
SOFÍA OCHOA VILLASEÑOR - GUADALAJARA , MÉXICO
M.ILTRE. JUAN DE DIOS OLVERA DELGADILLO, CANÓNIGO BASÍLICA GUADALUPE - CDMX ,
GASPAR PÉREZ RESENDIZ - QUERÉTARO , MÉXICO
ANA LAURA PÉREZ ZUÑIGA - QUERÉTARO , MÉXICO
ROBERTO CARLOS PRECIADO DÍAZ - GUADALAJARA , MÉXICO
LUIS FERNANDO PRECIADO DÍAZ - GUADALAJARA , MÉXICO
INDIRA FANY RAMIREZ ROCHA - QUERÉTARO , MÉXICO
ANABEL RAMÍREZ VARGAS - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
RVDO. SR. PBRO. FELIPE REYNOSO HERRERA (SACERDOTE) - CDMX , MÉXICO
CLAUDIA RODRIGUEZ MORENO - CIUDAD DE MEXICO , MÉXICO
M. GUADALUPE GRISELDA SALDAÑA ESPINO - MICHOACÁN , MÉXICO MA LUISA SALINAS SÁNCHEZ - MICHOACÁN , MÉXICO
MIGUEL SALINAS CHÁVEZ - GUADALAJARA , MÉXICO
CAROLINA SÁNCHEZ CUREÑO - CIUDAD DE MEXICO , MÉXICO GABRIEL SÁNCHEZ ARROYO - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
RVDO. SR. PBRO. HONORIO SANTANA GARCÍA (SACERDOTE) - EDO. MEX. , MÉXICO
NIEVES SANTIESTEBAN DE ARCE - CDMX , MÉXICO
JOSEFINA SOLACHE RAMIREZ - MICHOACÁN , MÉXICO
BEATRIZ TEJADA GÁLVEZ - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
GABRIELA TIRADO SALINAS - MICHOACÁN , MÉXICO

Declaración Virgen Sma. de Guadalupe, “Mater Veritatis Salutaris" 22 _____________________________________________
GLORIA TORRES ZARAGOZA - QUERÉTARO , MÉXICO
JORGE TORRES ZARAGOZA - QUERÉTARO , MÉXICO
JUAN GUILLERMO TREJO CERVANTES - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO GUILLERMO TREJO BARRÓN - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
ARACELI TRUJILLO DÍAZ - MICHOACÁN , MÉXICO
MARÍA EMMA URIARTE VILLORCO - GUADALAJARA , MÉXICO ANGELICA VALDEZ VALDEZ - QUERÉTARO , MÉXICO
MARÍA EUGENIA VALDEZ SAMANO - GUADALAJARA , MÉXICO LOURDES VALENCIA CABAÑAS - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO MONICA VALENCIA CABAÑAS - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
RVDO. SR. PBRO. BALTASAR PEDRO M. VALLEJO ROBLEDO - CDMX , MÉXICO
EDUARDO VILLA MATEOS - CIUDAD DE MEXICO , MÉXICO FERNANDO VILLALÓN ESQUER - CDMX , MÉXICO
MARIA GUADALUPE DEL ROCÍO ZAMORA GRIMALDO - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
ANDRÉS ZAMORA CANTERO - MICHOACÁN , MÉXICO
LAURA ELENA ZAMORA CANTERO - MICHOACÁN , MÉXICO
DULCE ESTEFANÍA ZAMORA CANTERO - MICHOACÁN , MÉXICO MARÍA TERESA ZAMUDIO GUTIÉRREZ - CDMX , MÉXICO
MARTHA ZEPEDA SOTO - ESTADO DE MÉXICO , MÉXICO
adeste fideles