Cupo laboral “trans” en el Congreso.

CUPO LABORAL "TRANSEXUAL" EN SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONGRESO ARGENTINO - Se publicó ayer en el Boletín Oficial la ampliación del temario de extraordinarias. Entre los temas a tratar el Ejecutivo incluyó el Proyecto de Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero (Orden del Día N° 265).

Las personas trans -hayan o no accedido al cambio registral previsto en la ley de identidad de género- deberán representar no menos del 1 % del total de los empleados de cada uno de los tres poderes del Estado nacional. Los organismos públicos deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas trans.

Si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, en los términos de la ley de Educación Nacional, se permitirá su ingreso con la condición de cursar los niveles educativos requeridos y finalizarlos”.

A fin de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales”. Lo mismo ocurrirá con los antecedentes penales que no fueran relevantes para el puesto.

Se prevén además incentivos al sector privado tales como quitas en los impuestos nacionales. El Banco Nación ofrecerá créditos con tasa preferencial para el financiamiento de los emprendimientos de esta población.

Se abrirá un Registro Único de Aspirantes que será confidencial en el que constará “únicamente” el nombre autopercibido, los antecedentes (educativos y laborales), aptitudes y preferencias laborales de los aspirantes.

Se creará una Unidad de Coordinación Interministerial para monitorear la implementación de la ley. La autoridad de aplicación deberá promover espacios de participación de personas trans, en representación de organizaciones sindicales y de la sociedad civil de todo el país para el seguimiento de la ley. El incumplimiento total o parcial de la ley por parte de los funcionarios públicos responsables “constituye mal desempeño en sus funciones o falta grave, según corresponda”.

Mi comentario al respecto: El porcentaje de homosexuales varía, según diversas estadísticas, entre uno y tres por ciento. Ahora bien, dentro de esa categoría, el porcentaje de “transexuales” es insignificante, difícilmente alcance el uno por ciento, probablemente mucho menos. Entonces, si añadimos al requisito de ser “transexual” el de reunir “las condiciones de idoneidad para el cargo” mencionadas en el decreto, el porcentaje de candidatos sería no ya insignificante sino directamente infinitesimal.

A lo que apunto con esta observación es que esta decisión completamente ideológica es no solo chocante por ser notoriamente inmoral y escandalosa, sino además, absurda por irrealizable, dado que ni aun nombrando a todos los “transexuales” del país en un cargo público se podría cubrir el cupo que se les reserva en este decreto tan aberrante como surrealista. A menos que el objetivo perseguido sea también el de promover la “transexualidad” entre los homosexuales, dado que no se exige el haber hecho el “cambio de género” oficialmente...

Seguir leyendo: Cupo “trans” para “todes” - Miles Christi - 06/09/2020

Ver también: En Argentina reina la insensatez


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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1233, 25 de enero de 2021
Editora: Lic. Mónica del Río
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com
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