Finalización de la “descentralización saludable”: Francisco priva a los obispos del derecho a establecer comunidades religiosas
Con el Motu proprio Authenticum charismatis, promulgado el 4 de noviembre, Francisco le ha quitado a los obispos el derecho de instituir comunidades religiosas en sus diócesis.
Este derecho estaba basado en el canon 579 [del Código de Derecho Canónico]: “En su propio territorio, los Obispos diocesanos pueden erigir mediante decreto formal institutos de vida consagrada, siempre que se haya consultado a la Sede Apostólica”.
El nuevo canon 579 cambia la última parte con “siempre que la Sede Apostólica haya dado un permiso escrito”.
Como excusa, Francisco dice que la institucionalización de un nuevo grupo “trasciende la esfera diocesana” - pero esto no es verdad, porque una nueva comunidad permanece sujeta al obispo que la reconoció.
El Motu Proprio está en latín y no pudo ser escrito por Francisco, porque él carece de conocimientos tanto del Derecho Canónico como del latín.
Imagen: © mazur, CC BY-NC-SA, #newsUjswffqxgl
Este derecho estaba basado en el canon 579 [del Código de Derecho Canónico]: “En su propio territorio, los Obispos diocesanos pueden erigir mediante decreto formal institutos de vida consagrada, siempre que se haya consultado a la Sede Apostólica”.
El nuevo canon 579 cambia la última parte con “siempre que la Sede Apostólica haya dado un permiso escrito”.
Como excusa, Francisco dice que la institucionalización de un nuevo grupo “trasciende la esfera diocesana” - pero esto no es verdad, porque una nueva comunidad permanece sujeta al obispo que la reconoció.
El Motu Proprio está en latín y no pudo ser escrito por Francisco, porque él carece de conocimientos tanto del Derecho Canónico como del latín.
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